Caputo confirmó un bono de $70.000 para jubilados

El mismo se cobrará en marzo y con el aumento del 27,18% la jubilación mínima llegará casi a los $205.000 ¿Quiénes y cuándo lo cobrarán?

Buenos Aires.- Tras el anuncio del aumento del 27,18% para jubilados y pensionados en marzo y en un contexto de alta inflación y licuación de haberse previsionales que lleva adelante Nación, el ministro de Economía, Luis Toto Caputo, informó anoche que se mantendrá el bono otorgado por la ANSES y confirmó que esta ayuda subirá de $55.000 a $70.000. Así, el haber mínimo queda, a partir de marzo y durante los próximos tres meses, en $134.446, pero sumado a esta asignación extra alcanza los casi $205.000.

El bono va a subir otro 30%, se va a ir más o menos a $70.000. Y la jubilación mínima, por lo tanto, estaría en $205.000”, confirmó Caputo. Además, el funcionario intentó llevar algo de tranquilidad a los beneficiarios en un contexto de fuerte ajuste al bolsillo de los jubilados y adelantó que la actual administración va a seguir pagando estos bonos de forma mensual.

Quiénes cobran el bono de $70.000 para jubilados y pensionados

El bono será para todos los que cobran menos de lo que da la mínima más el bono. Hasta $205.000 pesos”, aclaró Caputo en sus anuncios.

Por lo tanto, se mantiene el esquema que se venía utilizando en el gobierno anterior: los jubilados y pensionados que perciban el haber mínimo, reciben el extra de $70.000, y quienes cobren entre el piso mínimo y los $205.000 pesos, reciben la suma necesaria para completar los $205.000.

Por ejemplo, si un jubilado percibe $175.000, la suma extra cada mes es de $30.000. En tanto, aquellos beneficiarios previsionales cuyos haberes queden por encima de los $205.000 con el último incremento, no perciben el extra de ANSES anunciado por Caputo.

Licuadora y motosierra contra los jubilados

Con el último ajuste del 27,18%, la mínima pasa de $105.713 a $134.446. Este piso, al igual que los montos del bono extra de $70.000, se mantienen iguales hasta la próxima actualización, que por ley se realiza de manera trimestral y está prevista para junio.

Así, en un contexto donde la inflación se mantiene a un ritmo del 20% mensual, el acumulado del primer trimestre va a quedar al borde del 75%, lo que representará una licuación brutal de los haberes de los jubilados y pensionados.

“La fórmula de los jubilados hay que cambiarla, si seguimos con el juego político de querer seguir haciendo uso de la jubilación y demás con la ley, más se demora esto. Mientras tanto, vamos a darles un bono y protegerles la capacidad de compra”, señaló Caputo.

Calendario de pagos marzo 2024: cuándo cobro la jubilación

Las fechas de cobro de jubilaciones y Pensiones no Contributivas (PnC) varían de acuerdo al número de terminación del documento nacional de identidad (DNI) del beneficiario. En todos los casos, el bono extra se cobra junto con el haber mensual.

Fechas de cobro de jubilaciones mínimas en marzo

Documentos terminados en 0: a partir del 8 de marzo.

Documentos terminados en 1: a partir del 11 de marzo.

Documentos terminados en 2: a partir del 12 de marzo.

Documentos terminados en 3: a partir del 13 de marzo.

Documentos terminados en 4: a partir del 14 de marzo.

Documentos terminados en 5: a partir del 15 de marzo.

Documentos terminados en 6: a partir del 15 de marzo.

Documentos terminados en 7: a partir del 18 de marzo.

Documentos terminados en 8: a partir del 19 de marzo.

Documentos terminados en 9: a partir del 20 de marzo.

Jubilaciones que superan el haber mínimo

Documentos terminados en 0 y 1: a partir del 21 de marzo.

Documentos terminados en 2 y 3: a partir del 22 de marzo.

Documentos terminados en 4 y 5: a partir del 25 de marzo.

Documentos terminados en 6 y 7: a partir del 26 de marzo.

Documentos terminados en 8 y 9: a partir del 27 de marzo.

Pensiones no Contributivas

Documentos terminados en 0 y 1: a partir del 1 de marzo.

Documentos terminados en 2 y 3: a partir del 4 de marzo.

Documentos terminados en 4 y 5: a partir del 5 de marzo.

Documentos terminados en 6 y 7: a partir del 6 de marzo.

Documentos terminados en 8 y 9: a partir del 7 de marzo.

Fuente: Página 12