La Corte Suprema dio marcha atrás, restituyó la Ley de Tierras y le dio aire al Gobierno nacional

Apenas diez días después de dejar sin efecto una cautelar, el máximo tribunal volvió a suspender la derogación de la norma que limita la compra de tierras por extranjeros. La decisión llega en medio del rechazo social al fallo anterior y cuando la oposición busca voltear el DNU de Milei en Diputados.

Buenos Aires.- La Corte Suprema de Justicia de la Nación dio marcha atrás con una decisión que había tomado apenas diez días atrás y restituyó provisoriamente la vigencia de la Ley de Tierras Rurales, que establece límites a la adquisición de terrenos por parte de extranjeros. La resolución se produjo luego del fuerte rechazo social y político que generó el fallo anterior y representa un alivio para el Gobierno de Javier Milei, que enfrenta una avanzada opositora en el Congreso para derogar el DNU 70/2023.

El máximo tribunal dictó una medida cautelar interina que suspende los efectos del artículo 154 del decreto presidencial, mediante el cual se había derogado la Ley 26.737. La protección se mantendrá hasta que el Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes y examine el pedido cautelar presentado en la causa.

La decisión llegó en un momento clave para la Casa Rosada. La oposición buscaba avanzar en la Cámara de Diputados con el rechazo al decreto, que ya había sido rechazado en el Senado, mientras que para el próximo jueves se convocó a una movilización en defensa de la tierra y la soberanía. El nuevo pronunciamiento judicial podría quitarle fuerza a uno de los reclamos centrales contra el DNU, aunque no resuelve la discusión de fondo sobre su constitucionalidad.

El antecedente inmediato se remonta al 29 de septiembre, cuando la Corte rechazó una presentación del Centro de Excombatientes de las Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. En ese caso, los jueces consideraron que la entidad no tenía legitimación para impulsar el reclamo basado en la protección de la soberanía nacional y dejaron sin efecto la cautelar que mantenía suspendida la derogación de la ley.

Ahora, el tribunal analizó una causa diferente, iniciada por la Asociación Civil Árbol de Pie junto a otros demandantes, que cuestionaron la derogación por sus posibles consecuencias sobre el ambiente y los recursos naturales. La presentación invocó el artículo 41 de la Constitución Nacional, que reconoce el derecho a un ambiente sano.

La resolución fue firmada por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. El juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia, al considerar que la Corte no tenía competencia para dictar la medida en esa instancia.

Por el momento, el máximo tribunal no se pronunció sobre la constitucionalidad del artículo 154 del DNU. La restitución de la Ley de Tierras es provisoria y la continuidad del proceso quedará en manos de la Justicia federal.

Fuente: Página 12 y Minuto Uno