El proyecto de ley sobre la inviolabilidad de la propiedad privada redefine el concepto de utilidad pública, limita el margen de acción del Estado para expropiar bienes y modifica normas sobre desalojos, manejo del fuego y adquisición de tierras por parte de capitales extranjeros.

Buenos Aires.- El Gobierno nacional impulsa una profunda reforma de la legislación vinculada a la propiedad privada con un proyecto que modifica el régimen de expropiaciones, flexibiliza restricciones para la compra de tierras rurales por inversores extranjeros y acelera los procesos de desalojo. La iniciativa, que forma parte del paquete de reformas económicas del gobierno libertario, ya recibió modificaciones durante su tratamiento en el Senado, donde algunos de los artículos más cuestionados fueron atenuados o directamente eliminados.
Uno de los cambios centrales apunta a la Ley de Expropiaciones. La propuesta endurece las condiciones para que el Estado pueda declarar la utilidad pública de un bien, al exigir que el objetivo de la medida sea identificado de manera “específica y concreta” y que la expropiación resulte “idónea, necesaria y proporcional” para cumplir ese fin. Con ello, el Gobierno busca restringir el margen de acción estatal en este tipo de procedimientos.
El proyecto también modifica el esquema de indemnizaciones. Además del valor del bien y los daños directos, incorpora el reconocimiento del lucro cesante cuando sea consecuencia inmediata de la expropiación. Asimismo, establece que el Estado no podrá tomar posesión del inmueble hasta haber abonado la totalidad de la indemnización, que estará exenta de impuestos y se actualizará por inflación más una tasa de interés que determine la Justicia.
Otro de los capítulos más debatidos fue el referido a la Ley de Barrios Populares. La versión original habilitaba la derogación de artículos que hoy suspenden los desalojos y facilitan la regularización dominial. Sin embargo, ese apartado fue eliminado durante el tratamiento en comisión, por lo que continúan vigentes las protecciones establecidas hasta 2032.
La iniciativa también introduce cambios en la Ley de Manejo del Fuego. Aunque el Ejecutivo pretendía eliminar buena parte de las restricciones para el uso de tierras incendiadas, el Senado rechazó la modificación para los bosques nativos y mantuvo la prohibición de cambiar el uso del suelo durante 60 años para evitar maniobras especulativas. No obstante, sí aceptó flexibilizar algunas limitaciones sobre terrenos rurales.
En materia de tierras rurales, el proyecto elimina los límites nacionales que hoy impiden que inversores extranjeros concentren grandes extensiones de territorio. Si bien el Senado mantuvo la posibilidad de adquisición, otorgó a las provincias la facultad de autorizar, restringir o impedir esas operaciones dentro de sus jurisdicciones. A su vez, se prohíbe que Estados extranjeros adquieran tierras, salvo que el Poder Ejecutivo considere que la operación no compromete la seguridad o la soberanía nacional.
Por último, la reforma propone acelerar los desalojos mediante un procedimiento sumarísimo, reducir las instancias de defensa de los ocupantes y simplificar los requisitos para obtener una restitución anticipada del inmueble. También incorpora medidas destinadas a digitalizar y agilizar los trámites registrales vinculados a la propiedad inmueble, en línea con el objetivo oficial de reducir tiempos administrativos y desburocratizar el sistema.
Fuente: Chequeado.com