El Gobierno nacional eliminó la instancia previa de participación ciudadana para designar jueces de la Corte

A través de un decreto, la administración de Milei modificó el mecanismo de selección de candidatos para el Poder Judicial. Las observaciones e impugnaciones ciudadanas ya no se realizarán ante el Ministerio de Justicia y quedarán limitadas al tratamiento de los pliegos en el Senado.

Corte Suprema de Justicia, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Buenos Aires.- El Gobierno nacional oficializó este martes una reforma en el mecanismo de selección de candidatos para la Corte Suprema de Justicia, el Procurador General y el Defensor General de la Nación. La modificación quedó establecida mediante el decreto 467/2026, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques.

El cambio más significativo es la eliminación de la instancia administrativa previa de observaciones e impugnaciones ciudadanas que se desarrollaba en el ámbito del Ministerio de Justicia antes del envío de los pliegos al Senado. Según argumentó la administración de Javier Milei, esa etapa generaba una superposición con el procedimiento legislativo, donde las candidaturas ya son sometidas a audiencias públicas y pueden recibir cuestionamientos por parte de ciudadanos y organizaciones.

De esta manera, la participación ciudadana continuará vigente, aunque únicamente durante el tratamiento de los pliegos en la Cámara alta.

La reforma también incorpora otras modificaciones orientadas a agilizar el proceso de designación. Entre ellas, se elimina la obligación de publicar los antecedentes de los candidatos en diarios de circulación nacional, una difusión que ahora se realizará a través del Boletín Oficial y del sitio web del Ministerio de Justicia.

Además, se reducen distintos plazos administrativos y se establece que los postulantes tendrán cinco días para presentar sus declaraciones juradas patrimoniales, incluyendo bienes propios, de sus cónyuges o convivientes y de sus hijos menores.

Por otra parte, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberá emitir en un plazo máximo de cinco días los informes sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias y previsionales de los candidatos, preservando el secreto fiscal.

A diferencia de la normativa de 2003, el nuevo decreto no incorpora recomendaciones vinculadas a criterios de diversidad de género, representación geográfica o especialización jurídica para la integración del máximo tribunal.

Fuente: BAE Negocios