La Asociación de Abogados Laboralistas rechazó el planteo de CAMECO sobre las sentencias laborales

En respuesta al comunicado de la Cámara Marplatense de Empresas Comerciales y de Servicios (CAMECO), la Asociación de Abogados Laboralistas emitió una declaración rechazando los cuestionamientos sobre las recientes decisiones de los Tribunales de Trabajo de Mar del Plata.

La Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas (AAL) expresó su total desacuerdo con el planteo formulado por la Cámara Marplatense de Empresas Comerciales y de Servicios (CAMECO) en relación con el aumento de los montos de las sentencias en juicios laborales. A través de un comunicado, la AAL señala que los argumentos de CAMECO carecen de fundamentos jurídicos sólidos y están enfocados únicamente en el incremento de los costos de las sentencias, sin considerar la justicia y adecuación al derecho vigente.

La AAL remarca que las recientes sentencias se ajustan al derecho y siguen los nuevos criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. La Corte declaró inconstitucional el artículo 7 de la Ley 23.928, que prohibía la actualización monetaria de créditos para obligaciones dinerarias. Esta decisión se fundamenta en la necesidad de proteger el derecho de propiedad y el acceso a la justicia de los demandantes, especialmente en un contexto inflacionario que devalúa sus créditos.

“El comunicado de CAMECO omite los sólidos argumentos que llevaron a la Suprema Corte a cambiar su criterio anterior”, subraya la AAL. La organización destaca que el fallo de la Corte no solo beneficia a los trabajadores en juicios laborales, sino a todos los acreedores que demandan judicialmente por cobro de deudas, cumplimiento de contratos, y otros casos civiles.

El comunicado de CAMECO expresa que las nuevas sentencias son impagables y ponen en riesgo la viabilidad de las PYMES, lo que podría llevar a una mayor crisis económica y desempleo. Sin embargo, la AAL responde que estas sentencias son consecuencia de un justo proceso judicial donde el empleador incumplidor debe asumir su responsabilidad. Además, la AAL destaca que el incremento en los montos de las sentencias responde a la necesidad de ajustar los créditos a la realidad inflacionaria, evitando así que los trabajadores vean devaluados sus derechos durante largos procesos judiciales.

Finalmente, la AAL señala que la postura previa de la Corte incentivaba la morosidad y era más rentable para los empleadores incumplir sus obligaciones. El nuevo criterio judicial, aunque visto con desagrado por ciertos sectores empresariales, busca equilibrar la balanza y garantizar que los créditos laborales mantengan su valor real.

En conclusión, la Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas sostiene que el cuestionamiento de CAMECO no solo es infundado, sino que ignora la justicia inherente a las nuevas disposiciones legales y su importancia en la protección de los derechos laborales en un contexto económico adverso.