Lucía Pérez: los defensores de los acusados en el segundo juicio pidieron sus absoluciones

Los letrados de Matías Farías y Juan Pablo Offidani afirmaron que “no existió delito”, que la falta de consentimiento para tener relaciones sexuales por parte de la adolescente de 16 años “no pudo ser probada ni remotamente” y que es “altamente probable” que su muerte se debiera a una asfixia tóxica.

La segunda jornada de alegatos en el segundo juicio por la muerte de Lucía Pérez tuvo como protagonistas a las defensas de los dos acusados, Matías Farías y Juan Pablo Offidani, que en ambos casos pidieron la absolución de los imputados. Los acusados no estuvieron presentes en la sala y, en cambio, siguieron las ponencias por videoconferencia. Ahora resta conocer la sentencia del Tribunal en lo Criminal N°2.

La defensora oficial de Matías Farías, principal acusado de violar y asesinar a Lucía Pérez en la ciudad de Mar del Plata el 8 de octubre de 2016, aseguró este martes que “no existió delito alguno” y pidió su absolución, al considerar que la falta de consentimiento por parte de la adolescente de 16 años “no pudo ser probada ni remotamente”, que la menor consumió cocaína “voluntariamente” y que según peritos es “altamente probable” que su muerte se debiera a una asfixia tóxica.

En su alegato de cierre ante el Tribunal Oral en lo Criminal 1 marplatense, María Laura Solari, a cargo de defensa de Farías (29), cuestionó a su vez la actuación de la fiscal inicial del caso, María Isabel Sánchez, quien sostuvo horas después del hecho que la menor había sido empalada y había muerto a causa del dolor producido por un abuso sexual.

Solari dijo que Sánchez “es la única persona que debiera estar sentada hoy aquí”, porque “todo lo que hizo generó una situación y un dolor inconmensurables”.

“Todo lo que dijo es falso”

La defensora inició su alegato esta mañana en la sala de audiencia del sexto piso de los tribunales locales con la reproducción de declaraciones de la fiscal que estuvo al frente del caso, y que sostuvo la hipótesis del empalamiento, lo que aseguró que provocó “una sentencia condenatoria de toda la sociedad inmediata y unánime” sobre Farías y sobre el otro imputado, Juan Pablo Offidani (47).

“Todo lo que afirmó en el comienzo la doctora Sánchez es falso y no existirá forma de borrar esa idea”, dijo Solari, y sostuvo, en línea con lo que había adelantado en la apertura del juicio, el 7 de febrero último, que el empalamiento “jamás ocurrió” y que “sin pruebas en qué sustentarse se siguió buscando al violador serial”.

“No podemos dejar de resaltar que aun una investigación eficiente no hubiera arrojado un resultado distinto”, aseguró.

“Fueron relaciones consentidas”

Al analizar las pruebas presentadas en este segundo proceso oral, la defensora dijo que Lucía “tomó libremente y bajo ninguna presión la decisión de ir a encontrarse” con Farías en la mañana del 8 de octubre 2016, luego de conocerlo el día anterior.

“Surgió onda entre ellos y ambos decidieron pasar un buen momento entre ellos ese sábado”, señaló.
En esa línea, dijo que “es absolutamente falso lo sostenido” por el fiscal que interviene en este juicio, Leandro Arévalo, “en cuanto a la insistencia de Farías” para que Lucía fuera a su casa, en el barrio Alfar.

La defensora repasó los últimos chats mantenidos entre Farías y Lucía, y aseguró que fue ella quien buscó reunirse con su asistido y que no lo hizo “motivada por estupefaciente alguno”, como aseguraron los acusadores, ya que “de hecho, ya contaba con drogas en su poder”.

Respecto de la falta de consentimiento señalada en sus alegatos por el fiscal y por las abogadas Verónica Heredia y Florencia Piermarini, representantes de la familia de la adolescente, Solari subrayó que “no hay un solo dato” que indique “que Lucía no consintió esas relaciones sexuales”.
En la misma línea, resaltó que el cuerpo no presentaba “ningún signo de ataduras, ningún golpe” ni “nada que haga pensar que hubiese sido sometida”.

“Asfixia tóxica”

En cuanto a la muerte, señaló que la principal hipótesis expuesta por peritos de la Asesoría Penal de la Suprema Corte bonaerense “ante la ausencia de lesiones y la presencia de marihuana y cocaína en todos los fluidos de Lucía”, apuntaba como causa “altamente probable” a una “asfixia tóxica que derivó en una congestión pulmonar y edema”.

“No existe ninguna prueba de que Farías le dio droga a Lucía esa mañana”, insistió la defensora, quien agregó que, si incluso se la hubiera suministrado, “fue consumida voluntariamente” y que él “jamás pudo representarse el resultado fatal”.

“Nos encontramos ante una ficción”, señaló, y agregó: “Todo lo que está ocurriendo en el debate es de una gravedad institucional inusitada”.

“Justicia paralela”

Ya en el tramo final del alegato, Solari dedicó algunos minutos a hablar sobre el rol que tuvieron los medios de comunicación en la cobertura del caso. A su criterio, los “ataques” de la prensa al poder judicial son constantes desde que se conoció la muerte de Lucía Pérez, sobre todo, luego de que el reclamo de justicia “cayera en manos del feminismo y ya no hubo manera de escuchar otras versiones”.

Para Solari, “hasta los propios comunicadores compraron la idea del crimen atroz que con tanto ahínco se encargó irresponsablemente de reforzar la fiscal Sánchez” y, “salvo contadísimas excepciones”, nadie se ocupó de desmentir.

En ese orden, no dudó en aseverar que los medios de comunicación conformaron de esta manera una “justicia paralela al debido proceso que se hace imposible revertir”.

“No hay nada”

Tras un cuarto intermedio, comenzó su alegato el defensor de Offidani, César Sivo, quien aseguró que “en esta causa no hay nada”. Sivo advirtió que desde el inicio del proceso, “la única góndola habilitada es la de las prisiones perpetua” pero a que “un proceso judicial es mucho más que eso”.

En ese orden, al igual que Solari, el letrado apuntó contra los medios de comunicación y la cobertura del caso -“sostuvieron las consignas que mejor les sirvieron”, más allá de su veracidad, dijo- y razonó que la presencia de ministros y demás funcionarios nacionales y provinciales en la primera audiencia del juicio deja en evidencia que “la verdad era irrelevante porque esta causa ya era una causa política”.

Sivo consideró que esto provocó que la Justicia sea “avasallada” y que, en medio de la presión social y mediática, el Ministerio Público Fiscal haya “callado ante determinadas situaciones y cuestiones falsas”. “El estado de derecho está en crisis cuando el poder judicial es avasallado y cede ante esas presiones”, advirtió y calificó de “vergonzoso” el fallo de Casación que ordenó un nuevo juicio por una cuestión de semántica, incluso, “contradiciendo fallos de la Corte Suprema”. “Hicieron un rulo para poder llegar” a esta instancia, lamentó.

Las primeras actuaciones del MPF en el caso, que en en 2016 estuvieron a cargo de la fiscal María Isabel Sánchez, también fueron blanco de los cuestionamientos de la defensa de Offidani. “Muchas pruebas se perdieron intencionalmente y eso es tan grave como lo que habló la fiscal, que se mostró compungida y lloró en una conferencia de prensa” y cuyas falsedades fueron “sostenidas en el tiempo”.

Más adelante, el abogado de Offidani aseguró que a los defensores no les dejaron hacer trabajo al condicionarlos a la hora de preguntar a los testigos y habló del presunto consentimiento de Lucía para mantener relaciones sexuales con Farías. “¿Cómo hago para saber si hubo o no consentimiento si no pregunto? Eso implica confundir buscar información con el uso de esa información”, afirmó.
“Nos presentaron una víctima diferente a la realidad. La víctima siempre va a ser víctima, pero sus conductas nos van a permitir dirimir qué fue lo que sucedió”, analizó.

En este marco, el abogado dijo ante el TOC N°2 que la “única propuesta posible” es que se dicte la absolución de Offidani y propuso como atenuantes -ante una eventual condena- la historia vital de su defendido al ser hijo adoptivo, su decisión de asistir a la víctima y que no tiene tiene antecedentes.

En ausencia

Los acusados no estuvieron presentes y seguían la audiencia de manera remota desde sus lugares de detención, tal como hicieron con la apertura y el alegato de las partes acusadoras: Farías, desde la Unidad Penal de Florencia Varela, y Offidani, desde la Alcaidía Penitenciaria de Batán.

Finalizadas las argumentaciones de los defensores, ambos imputados tendrán la posibilidad de pronunciar sus últimas palabras ante el tribunal, y luego los magistrados comunicarán la fecha en que se dará a conocer el veredicto.

Tanto el fiscal del juicio como las representantes de la familia de la menor, presentaron sus alegatos el último jueves y, en ambos casos, consideraron acreditado que Farías, con la presunta complicidad de Offidani, fue autor del delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida, por el suministro de estupefacientes y en el marco de un contexto de violencia de género, en concurso ideal con femicidio”.

De acuerdo con la instrucción de la causa, Lucía había conocido a ambos acusados un día antes de su muerte, cuando se acercaron a la Escuela Media 3 local a venderle un cigarrillo de marihuana.
Durante el primer juicio, en noviembre de 2018 ante el TOC 1, ambos fueron condenados a ocho años de prisión por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, pero solo por la venta de drogas en la puerta de la escuela.