Ya no se podrán enviar recetas médicas por Whatsapp

De acuerdo a lo comunicado por el Ministerio de Salud, ya no se podrán presentar las fotos de las recetas médicas. Cómo deberán ser ahora.

Según lo dispuesto por el Ministerio de Salud en el Boletín Oficial este lunes 26 de diciembre, ya no será valida la presentación de recetas en formato de “mensaje de texto o a través de mensajería vía web, mail o fax”. Conocé en detalle de qué se trata esta medida.

Tal y como señala la resolución 3622/2022, desde que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote del virus SARS-Cov-2 como una pandemia se habilitó la presentación de recetas médicas en formato de mensaje de texto o mensajes a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax y a su vez, con el fin de que el paciente no deba presentarse al centro de salud u hospital para que le sea renovada la receta de medicamentos crónicos y/o cualquier otro medicamento que utilice habitualmente.

Sin embargo, a partir de ahora, “considerando la situación epidemiológica, sanitaria y los avances de la campaña de vacunación, es menester actualizar las medidas generales para prevenir tanto la COVID-19 como otras infecciones respiratorias estacionales con el fin de proteger la salud pública“, expresaron desde el comunicado oficial.

Con el objetivo de actualizar y reordenar la normativa, el Ministerio de Salud dejó sin efecto la Resolución N° 696/20, que permitía presentar recetas médicas en forma de fotografía. De este modo y bajo la Ley 27.553 se establece la prescripción de recetas electrónicas o digitales.

¿Cómo deberán ser las recetas ahora?

La práctica de enviar recetas médicas a través de Whatsapp llegó a su fin. Lo que significó una facilitad durante los tiempos de encierro ahora quedó obsoleta. Y es que a partir de ahora se solicitará la receta digital con una firma digitalizada.

Para las recetas electrónicas se pueden usar plataformas de teleasistencia en salud, en todo el territorio nacional, de conformidad con la ley 25.326 de Protección de los Datos Personales y la ley 26.529 de Derechos del Paciente, según expresó el comunicado oficial.

Esta ley se aplica a las recetas o prescripciones médicas, odontológicas o de otros profesionales facultados a prescribir recetas en los ámbitos de asistencia sanitaria y de atención farmacéutica. Estas recetas electrónicas o digitales deben ser aceptadas por cualquier farmacia y establecimiento de salud.

En caso de ser redactadas electrónicamente, la firma y demás requisitos técnicos y legales deben adecuarse a la legislación vigente. En caso de utilizar la firma digital, la misma debe adecuarse a la ley 25.506, de firma digital, adhiriendo al régimen e intermediando una autoridad certificante.

Por otro lado, las recetas presentadas en formato físico continuarán siendo aceptadas, según lo comunicó el Ministerio de Salud.