Aprueban la ordenanza para el funcionamiento de los food trucks

Podrán funcionar en lugares públicos o privados debidamente habilitados al efecto.

La iniciativa, impulsada el año anterior por el edil Nicolás Lauría fue respaldada por el oficialismo y la oposición. Luego de algunas modificaciones en las comisiones internas, fue aprobado en la sesión de este jueves.

La norma autoriza el ejercicio de la actividad gastronómica a los vehículos autopropulsados o remolcados autosuficientes de comidas y bebidas y establecería su funcionamiento, ubicación y habilitación. Se trata de todos aquellos vehículos, camiones o tráileres de uno, dos o más ejes especialmente adaptados para permitir en su interior la elaboración o expendio de comida y bebidas con o sin alcohol.

La norma aprobada crea también el “Registro Único de Food Trucks”, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Productivo. Anotarse en él será requisito previo para participar de cualquier evento público o privado. La inscripción deberá realizarse una vez obtenido el certificado de habilitación del móvil gastronómico emitido por la Subsecretaría de Inspección General.

Los food trucks podrán funcionar en lugares públicos o privados debidamente habilitados al efecto, como ferias, eventos culturales, deportivos, turísticos, privados o masivos y establecimientos comerciales habilitados. Ese último es otro detalle novedoso: si una estación de servicio pretendiera tener en su playón un móvil gastronómico, podría hacerlo.

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