Las subas serán para el mes de marzo y de hasta un 7,5%, según la Resolución 204/2021, publicada en el Boletín Oficial.
El Gobierno Nacional autorizó aumentos para los servicios de Internet, televisión por cable y telefonía fija, que empezarán a regir en el mes de marzo, según la Resolución 204/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial.
Por medio de la resolución, el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) estableció que las licenciatarias de Servicios de Telefonía Fija (STF), podrán incrementar el valor de sus precios minoristas en marzo de 2021 “en hasta un 5%”.
Por su parte, las prestadoras de Internet tendrán un esquema de incrementos:
- Planes que ofrecen hasta 50 Mbps de velocidad de bajada, Segmento Hogar, de prestadores de SVA-INT con menos de 100 mil accesos totales: hasta un 7%.
- Planes que ofrecen hasta 50 Mbps de velocidad de bajada, Segmento Hogar, de prestadores de SVA-INT con 100 mil accesos totales o más: hasta un 5%.
- Planes que ofrecen 50 Mbps o más de velocidad de bajada, Segmento Hogar: hasta un 7,5%.
- Planes Corporativos: hasta un 7,5%.
En el caso de los abonos de televisión por cable residenciales, el cronograma de aumentos será:
- Planes ofrecidos por prestadores de Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico o Radioeléctrico (SRSVFR) con menos de 100.000 accesos totales: hasta un 7%.
- Planes ofrecidos por prestadores de SRSVFR con 100 mil accesos totales o más: hasta un 5%.
- Planes o paquetes de servicios digitales de señales a demanda y otros adicionales “Premium”: hasta un 7,5%.
El plan de aumento para los servicios de televisión satelital será:
- de hasta 5% para prestadoras con menos de 200 canales; 7,5% para prestadoras de 200 o más canales; y de hasta un 7,5% en el caso de planes o paquetes de servicios digitales de señales a demanda y otros adicionales “Premium”.
El año pasado, en medio de la cuarentena por la pandemia del Covid-19, el Gobierno había congelado el precio de los servicios de telecomunicaciones y la prohibición de aumentos alcanzaba hasta fines de 2020. Tampoco estaba permitido el corte de los servicios por falta de pago.
Según determinó el ENACOM, los incrementos autorizados “sólo podrán ser aplicados por aquellas Licenciatarias que hubiesen cumplimentado las disposiciones en las que se permitieron las anteriores actualizaciones tarifarias”.
Cabe recordar que el conjunto de las empresas del sector estuvo exponiendo sus estructuras de costos y solicitando incrementos de precios más altos que los autorizados hasta ahora. Argumentan que de no recomponerse esos precios el sector pondrá en riesgo su sustentabilidad, es decir, realizar nuevas inversiones orientadas a mejorar la calidad del servicio.