La ANMAT prohibió siete productos de café 

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país de varias presentaciones de café por graves irregularidades en su registro sanitario.

Así lo estableció el organismo, a través de la disposición 8385/2025 publicada en el Boletín Oficial, que alcanza a siete productos, pertenecientes a las marcas Caffé del DogeCafé Sol y Caffé del Ponte Rialto.

Según detallaron en el texto, la investigación comenzó tras una denuncia presentada ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), en la que se advirtió que un producto rotulado como “Puro café espresso estilo italiano tostado natural en grano, Doge Rosso Blend, marca Caffé del Doge, Il Caffé di Venezia”, utilizaba un número de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que era inexistente.

El Departamento de Normativa Alimentaria concluyó que se trataba de productos apócrifos, es decir, rotulados falsamente y sin registros necesarios, “al exhibir en sus rótulos un número de RNE no vigente o perteneciente a otro elaborador y números de RNPA inexistentes”.

Por tal motivo, ordenaron frenar la producción y venta de “Puro café espresso estilo italiano tostado natural en grano, Doge Rosso Blend, marca Caffé del Doge, Il Caffé di Venezia, RNPA Exp. N° 4050-141467, elaborado y envasado por RNE N° 02-033393”, “Café Clásico, Café Sol, Línea Baristas”, “Café Colombia, Café Sol, Línea Baristas”, “Café Gourmet, Café Sol, Línea baristas”, “Café, Café Sol, Línea baristas”, “Puro café estilo italiano tostado natural en grano, Intenso Blend, marca Caffé del Ponte Rialto”, y “Café tostado natural, Expresso Café Crema”, entre otras variantes y presentaciones, sin distinción de lote o fecha de vencimiento.