El juez Santiago Martín hizo lugar a las presentaciones judiciales realizadas por el intendente Guillermo Montenegro y Ambientalistas Autoconvocados.

El juez Santiago Martín, a cargo del Juzgado Federal N° 2 de Mar del Plata, dictó una medida cautelar ordenando la suspensión del proyecto de exploración petrolera en la costa de Mar del Plata.
El magistrado hizo lugar a las presentaciones judiciales realizadas por el intendente Guillermo Montenegro y Ambientalistas Autoconvocados, quienes habían solicitado el cese y/o suspensión de las actividades de exploración sísmica, explotación petrolera y otros trabajos vinculados, frente a las costas del Partido de General Pueyrredon.
Martín basó su fallo en tres puntos:
El cumplimiento defectuoso de los estándares sobre información y participación que se desprenden de la legislación vigente y del Acuerdo de Escazú (Ley 27.566).
La falta de una instancia de consulta al Municipio de General Pueyrredón en el proceso de toma de decisión.
Las falencias del Estudio de Impacto Ambiental derivadas de la insuficiente proyección sobre los impactos acumulativos de las exploraciones a realizarse sobre el Mar Argentino.
Además el juez remarcó que las autoridades “no habrían cumplido con el estándar de máxima publicidad, que las obliga en la medida de los recursos disponibles, a poner a disposición del público y difundir la información ambiental relevante para sus funciones de manera sistemática, proactiva, oportuna, regular, accesible y comprensible”.
Por otro lado, hizo hincapié en que la autorización del Estado “se habría desencadenado de manera súbita, cuando se encontraban suspendidos los plazos administrativos a la espera de los informes de distintas reparticiones estatales”.
El juez destacó en su fallo las consecuencias que podría generar la exploración para la pesca marplatense. “Ello justifica el interés reforzado del Municipio de General Pueyrredon en la suerte del proyecto a realizarse, atento las consecuencias que podrían derivar hacia la industria de la pesca y del turismo de Mar del Plata los eventuales impactos ambientales derivados de la exploración y posible explotación hidrocarburífera en la zona”.
“Esta intervención del municipio no se vería satisfecha con la instancia de la audiencia pública, la que tiene por objeto promover un ámbito de participación ciudadana. Aquí se trata, vale aclararlo, de la participación del municipio en tanto sujeto político de existencia necesaria, como lo ha calificado la Corte Suprema de Justicia, que posee un rol en la dinámica federal que no puede ser desatendido”, agregó en el fallo.
Por último, destacó el análisis deficiente o la ausencia de la previsión de los impactos acumulativos que denuncian los accionantes derivarían de la existencia de una pluralidad de autorizaciones otorgadas por las autoridades competentes para realizar exploraciones sísmicas en el Mar Argentino.