Más restricciones en las fronteras

El Ejecutivo nacional dispuso que las fronteras continúen cerradas al turismo al menos otros quince días y redujo a 600 el cupo de ingreso diario al país.

Buenos Aires.- El Ejecutivo nacional decidió restringir más la circulación en las fronteras para evitar le circulación de nuevas variantes del covid-19. Bajó a 600 el cupo de pasajeros que podrá ingresar diariamente al país y dispuso que las fronteras seguirán cerradas al turismo al menos por quince días más.

Con el objetivo de consolidar la tendencia a la baja de casos de las últimas semanas, el Gobierno extendió hasta el 9 de julio las medidas vigentes que establecen las zonas sanitarias dependiendo de la situación epidemiológica de cada provincia.

Las medidas, que serán publicadas en el Boletín Oficial, fueron anunciadas en conferencia de prensa por la ministra de salud, Carla Vizzoti, quien también informó que se llegó a un acuerdo para la adquisición de 24 millones de vacunas de origen chino Sinopharm, que llegarán al país entre julio y septiembre.

La funcionaria dijo que “hay un alivio” por la baja que se observa en los casos positivos de coronavirus en los aglomerados urbanos, aunque pidió “minimizar los viajes al exterior” de los argentinos para reducir los riesgos de contagio.

Para bajar los riesgos y evitar el ingreso de variantes que no registran circulación sanitaria en el país, el Gobierno aclaró que las fronteras seguirán cerradas al turismo hasta el 9 de julio y fijó un nuevo límite máximo de 600 pasajeros al día para el ingreso al país.

Para los casos en que se permita el ingreso, se estableció un férreo sistema de control para evitar que los viajeros rompan el aislamiento al que estarán obligados, a la vez que habrá un esquema de testeos periódicos a los que tendrán que ser sometidas esas personas.

El DNU faculta en su artículo segundo a gobernadores y al jefe de Gobierno porteño a adoptar determinadas medidas ante la verificación de determinados parámetros epidemiológicos, a través del denominado “semáforo epidemiológico”.

Ese esquema se divide en bajo, mediano y alto riesgo, según la evolución de la pandemia en cada distrito del país.

Los de bajo riesgo son aquellas jurisdicciones en donde la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes sea inferior a 50.

Los de riesgo medio son las que el número se ubique entre 50 y 150 y los de alto cuando sea superior a 150.

Los grandes aglomerados urbanos, departamentos o partidos de más de 300.000 habitantes son considerados en Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria cuando la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes sea igual o superior a 500 y el porcentaje de ocupación de camas de terapia intensiva sea mayor al 80 por ciento.

No obstante, la autoridad sanitaria nacional podrá modificar los parámetros previstos en este artículo, de acuerdo a la evolución epidemiológica y sanitaria.

Fuente: Télam