Suspenden el decreto de Milei que limitaba el derecho a huelga


El Poder Judicial frenó la avanzada del Gobierno nacional contra el derecho de los trabajadores.

Buenos Aires.- El Poder judicial frenó la avanzada del gobierno de Javier Milei al suspender el intento de limitar el derecho a huelga. A partir de una presentación realizada por la Confederación General del Trabajo (CGT), la Justicia suspendió de forma provisoria el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Ejecutivo.

La jueza Moira Fullana hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la CGT y frenó los efectos de los artículos 2 y 3 del DNU, al considerar que la reforma del régimen legal de huelga no puede realizarse mediante un decreto de necesidad y urgencia, sino a través de una ley sancionada por el Congreso.

En su presentación la CGT advertía que “la modificación del derecho a huelga, garantizado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, requiere un debate parlamentario”, y en ese sentido denuncia que el DNU de Milei avanza sobre competencias exclusivas del Congreso.

La CGT alertó además sobre el impacto negativo que la normativa podría tener sobre la libertad sindical y la negociación colectiva en el país.

La resolución de la jueza Fullana establece que el freno a los artículos 2 y 3 del DNU será provisorio, hasta tanto se dicte una sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo. Esta medida permite que, por ahora, siga vigente la legislación actual sobre derecho a huelga en Argentina.

Aunque desde el Gobierno todavía no se pronunciaron sobre el fallo adverso, en Casa Rosada ya dan por descontado que apelarán y llevarán la discusión a instancias superiores.

Por medio del Decreto 340/2025 publicado a mediados de mayo en el Boletín Oficial, el gobierno de Milei avanzó en el cercenamiento del derecho de huelga de los trabajadores. Para ello utilizó los mismos argumentos que intentó imponer, sin éxito, en el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 que firmó Milei apenas desembarcó en la Casa de Rosada en diciembre de 2023.

Aquel intento ya fue declarado inconstitucional por la Justicia y el gobierno libertario vuelve ahora a la carga.

Lo que hizo, y vuelve a intentar ahora, es redefinir el alcance de los servicios esenciales, limitando en función de ello el paro en tales actividades. Esta vez, además, extendió las restricciones a las huelgas incorporando una segunda categoría de actividades o sectores, calificados como “de importancia trascendental”, los cuales deberán garantizar las prestaciones en un mínimo del 50% en días de paro.

El nuevo decreto de Milei exige que durante una huelga se garantice una cobertura mínima del 75% de la prestación en servicios esenciales y del 50% en actividades trascendentales, restringiendo así el margen de paralización total en casi todos los ámbitos productivos.

Fuente: Minuto Uno