El nudo del DNU por el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional

Ante la urgencia de dólares frescos, en Casa Rosada remitieron un decreto en vez de un proyecto de ley como parte de la estrategia política.

El Gobierno nacional envió un Decreto de Nececidad y Urgencia al Congreso para sellar un nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional que incluye dólares frescos con los que –coinciden casi todos los economistas- el Ejecutivo podrá intervenir en el mercado para no tener que devaluar antes de las elecciones.

Si bien el tema económico es sumamente trascendente, la cuestión política también lo es. En este sentido la Casa Rosada eligió como estrategia el DNU para tener el “aval” del Poder Legislativo. Una medida que terminó de desatar la polémica.

En principio, el DNU pasa por encima de la Ley de Fortalecimiento de Sostenibilidad de la Deuda Pública –conocida como Ley Guzmán- impulsada por el gobierno de Alberto Fernández y sancionada en 2021.

Con el antecedente del préstamo tomado durante la gestión de Mauricio Macri, la normativa establece en su artículo 1  que la Ley de Presupuesto debe prever un “porcentaje máximo para la emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras respecto del monto total de las emisiones de títulos públicos autorizadas para ese ejercicio”. Asimismo, para superar ese porcentaje máximo se necesita la aprobación del Congreso.

En su artículo 2 la ley indica que “todo programa de financiamiento u operación de crédito público” acordado con el FMI, así como también “cualquier ampliación de los montos de esos programas u operaciones”, también deben ser aprobados por el legislativo. Finalmente, se estableció que los tipos de endeudamiento previstos en los 2 artículos no podían ser utilizados para gastos corrientes.

Aquí es entonces donde la gestión liberal-libertaria pone en marcha la estrategia y envía un Decreto de Necesidad y Urgencia –la ley Guzmán nunca se refiere a un DNU- del que aún se desconocen los términos y del que el Congreso ya no discutirá sus artículos sino más bien su aprobación –o algún tipo de consentimiento- legal.

Al tratarse de un DNU y no de un proyecto de ley, una vez dictado y publicado en el Boletín Oficial entra en vigencia y tiene fuerza de ley –tiene vigencia desde el 11 de marzo- y no necesita la aprobación de las dos cámaras.

El otro punto importante a destacar es que para su derogación sí es necesario el rechazo tanto en Diputados como en Senadores. El oficialismo apunta al disciplinamiento en Diputados a través de acuerdos por fondos y por armado electoral con gobernadores –Pro, radicales, peronistas y de partidos provinciales-, algo que le ha dado muy buenos resultados hasta el momento.

De esta forma se confirma la mirada siempre con desprecio del Gobierno hacía el Congreso de la Nación –donde está la casta en los términos del Presidente- y se revela la estrategia para la maniobra: de no ser tratado, el DNU permanecerá vigente y si la oposición no consigue los votos necesarios para rechazarlo en alguna de las cámaras, quedará blindado.