Desde la Corte Suprema de Justicia bonaerense informaron que la cautelar dictada en 2014 mantiene su vigencia y que la causa sigue en etapa de prueba.
La Suprema corte de justicia bonaerense ratificó la vigencia de la medida cautelar dictada hace diez años que prohíbe las fumigaciones con agroquímicos a menos de mil metros de núcleos urbanos en Mar del Plata.
Ante un pedido de informe por parte de la Fiscalía Federal N°1 sobre la vigencia de la cautelar dictada en 2014, la Corte Suprema de Justicia bonaerense notificó que la causa -que lleva diez años- sigue en etapa de prueba y que la cautelar mantiene su vigencia.
Es decir que la vigencia implica la suspensión de los artículos 19, 23, 27 y 28 de la ordenanza 21.296 que permitían fumigar con agroquímicos a menos de 1000 metros de casas, escuelas y asentamientos rurales.
Según detalló el portal Universidad (UNMdP) desde la “Asamblea Paren de Fumigarnos” señalan que la Municipalidad no cumple con los requisitos que impone la medida cautelar dictada por la Corte Suprema de Justicia, que rige en el partido hace más de 10 años y que prohíbe el empleo de cualquier producto químico y/o biológico de uso agropecuario o forestal—como plaguicidas y fertilizantes—dentro del radio de 1000 metros a partir del límite de las plantas urbanas o núcleos poblacionales.
La Asamblea es conformada por un grupo de vecinos de distintos barrios de la ciudad de Mar del Plata, agrupados contra el uso de agroquímicos. Sofía Sañudo, integrante, explicó que “no se puede aplicar ningún tipo de producto químico ni agrotóxico a menos de 1.000 metros de las viviendas, las escuelas y, muy importante, los cursos de agua. La Municipalidad en ningún momento hizo visible ni difundió esta medida cautelar, y no solo eso, sino que en ningún momento la hizo respetar, no hay ningún tipo de control”.