Prohíben la exportación de siete cortes de carne para priorizar el mercado interno

El Gobierno nacional busca garantizar el abastecimiento del mercado doméstico y contrarrestar el aumento de precios.

Buenos Aires.- El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial un paquete de medidas para establecer un marco normativo para la comercialización y exportación de la ganadería argentina para los años 2022 y 2023.

A través de nuevas restricciones el Ejecutivo nacional busca garantizar el abastecimiento del mercado doméstico y contrarrestar el aumento de precios en el mostrador.

Con la firma de la Subsecretaría de Ganadería del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca se publicaron en el Boletín Oficial las resoluciones 301/21 y 302/21, que establecen suspender hasta el 31 de diciembre de 2023 la “exportación definitiva y/o suspensiva, con destino al exterior del país” de una serie de cortes bovinos frescos, enfriados o congelados.

Los cortes de carne que no podrán ser exportados por dos años

Asado con o sin hueso

Falda

Matambre

Tapa de asado

Nalga

Paleta

Vacío

También se prohíbe la exportación de:

Reses Enteras

Medias Reses

Cuarto Delantero Con Hueso

Cuarto Trasero Con Hueso

Medias reses incompletas con Hueso

Cuartos delanteros incompletos con Hueso

“Previsibilidad y confianza para la ganadería argentina”

La resolución entró en vigencia desde el 1 de enero y, según se informó desde el Gobierno, “se ha consensuado con las entidades de productores (y la industria frigorífica), con el objeto de dar previsibilidad y confianza a la ganadería argentina, garantizando la producción, la exportación y el consumo de los argentinos, en base a los análisis técnicos del sector”.

Las resoluciones publicadas en el primer Boletín Oficial del año instrumentan el Decreto N° 911/21 del presidente Alberto Fernández y la resolución conjunta con la cartera de Desarrollo Productivo N° 10. Aquel decreto presidencial buscó reservar para el mercado interno los cortes preferidos por los argentinos (asado con o sin hueso, falda, matambre, tapa de asado, nalga, paleta y vacío) hasta el 31 de diciembre de 2023 inclusive.

Además, el Gobierno dispuso que las carnes vacunas destinadas al comercio minorista deben salir de los frigoríficos en unidades de hasta 32 kilogramos, atendiendo a la solicitud de las entidades gremiales del sector y se dispuso un plazo de hasta seis meses para que se cumpla con ese límite.

Fuente: Página 12