A través de una resolución firmada este martes, las secretarías de Gobierno, Salud y Desarrollo Productivo e Innovación establecieron un nuevo horario para las actividades permitidas durante la pandemia, conforme al siguiente detalle:
a.- Industrias y similares: lunes a sábados de 6 a 15.
b.- Obras Privadas y similares: lunes a sábados de 8 a 16.
c.- Comercios declarados esenciales en la normativa nacional, provincial o municipal: diariamente de 7 a 20.
d.- Locales de venta minorista de bienes a la calle y de venta en mercados comunitarios, ferias o similares: lunes a sábados de 10 a 19.
e.- Actividades desarrolladas por profesionales, licenciados, técnicos y similares: lunes a sábados de 9 a 19.
f.- Actividades de servicios en general (tales como cobro de servicios, peluquería, esteticista y similares): lunes a sábados de 9 a 19.
g.- Prueba piloto gastronomía (actividad de cafetería): diariamente de 7 a 19.
En un párrafo del documento (que lleva la firma de los funcionarios Santiago Bonifatti, Viviana Bernabei y Fernando Muro) se reitera que “cada una de las actividades deben observar el estricto cumplimiento de los protocolos respectivos y de las normas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria”.